Cada día es mayor el número de personas que viven en la comunidad que representa una propiedad horizontal y por lo tanto se acrecienta la importancia de la misión del administrador de esta. 

Solemos ver al administrador como un ente meramente administrativo con funciones mecánicas que debe ser un aliado de la Junta Directiva en ejercer las funciones para velar por el correcto funcionamiento de la propiedad horizontal. 

Esto es totalmente cierto, pero es una visión limitada de la verdadera misión de un administrador y por eso queremos cambiar el punto de vista hoy. 

Sí, si revisamos la Ley de propiedad horizontal primero nos toparemos con la definición encontrada en el artículo 6 de la misma, que señala en su numeral tres, lo siguiente: 

3. Administrador de la propiedad horizontal. Persona natural o jurídica que, bajo la supervisión y coordinación de la Junta Directiva, administra los bienes comunes incorporados al Régimen de Propiedad Horizontal.

Después tenemos todo un capítulo que determina funciones del administrador, de manera más específica, todos las pueden encontrar en los artículos 91 al 97 de la Ley 284 de 2022. 

Pero la verdadera misión de un administrador es velar por la Paz, la Buena Convivencia y el Correcto Funcionamiento que le dan a todos los propietarios de una Propiedad Horizontal un Buena Calidad de Vida. 

Sí, a nadie le gusta llegar a un lugar ingobernable, donde unos cumplen las normas y otros no, donde los vecinos mantienen disputas y discordias permanentes, donde no da ganas ni de llegar por no quedar involucrado unas disputas entre vecinos. 

Por eso es importante un buen administrador, que, aunque la Ley diga que es supervisado por la Junta Directiva sea el quien guíe a la misma en una forma correcta de gestión que permia alcanzar el objetivo final, la buena convivencia y felicidad de saber que llegas a tu hogar donde puedes descansar en paz.

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